En el BOE de hoy, 8 de julio, se publica el Real
Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo
público para el año 2017.
a) Plazas
correspondientes a la Tasa de Reposición.- En
el anexo II se autorizan las plazas de personal al servicio de la
Administración de Justicia, tanto de ingreso libre como de promoción interna.
Las plazas derivadas de la tasa de reposición correspondientes a los Cuerpos de
Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial son las siguientes:
Personal de la Administración de Justicia
|
|||
Cupo
General
|
Reserva
personas
con discapacidad
|
Total de
plazas
|
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GESTIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
291
|
21
|
312
|
TRAMITACIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
247
|
19
|
266
|
AUXILIO
JUDICIAL
|
76
|
6
|
82
|
La
distribución por territorios de las anteriores plazas, es la siguiente:
Plazas que corresponden al Ministerio de
Justicia
|
|||
GESTIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
41
|
3
|
44
|
TRAMITACIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
50
|
4
|
54
|
AUXILIO
JUDICIAL
|
21
|
2
|
23
|
Plazas que corresponden a las Comunidades Autónomas por traspaso de
medios personales
|
|||
GESTIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
250
|
18
|
268
|
TRAMITACIÓN
PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
|
197
|
15
|
212
|
AUXILIO
JUDICIAL
|
55
|
4
|
59
|
b) Plazas correspondientes a la Tasa
Adicional para estabilización del empleo temporal.- En la Disposición
adicional segunda se establece que la
convocatoria de las plazas derivadas de la tasa de reposición de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración
de Justicia a las que se refiere el anexo II de este real decreto se llevará
a cabo de forma acumulada a las plazas que se convoquen en virtud de lo
previsto en el artículo 19. Uno, apartado 6, de la Ley 3/2017, de 27 de junio,
que prevé una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que
incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente,
hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los
tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Sin perjuicio de las plazas que corresponda para los ejercicios
2018 y 2019 para la consecución del objetivo acordado de reducción de la
temporalidad, el número de plazas para
2017 para TURNO LIBRE correspondientes a este proceso de estabilización serán
distribuidas de la manera siguiente.
- 457 PLAZAS DEL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA.
- 977 PLAZAS DEL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y
ADMINISTRATIVA.
- 839 PLAZAS DEL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL.
En el caso de los procesos de PROMOCIÓN INTERNA derivados de la presente Oferta de Empleo Público
se añadirán como mínimo 430 plazas, que no computarán dentro del límite máximo
de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, con la siguiente
distribución:
- 137 PLAZAS DEL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA.
- 293 PLAZAS PARA EL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y
ADMINISTRATIVA.
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