En el BOE del día 3 de
julio, se ha publicado la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción
Voluntaria
Esta Ley, además de
modificar totalmente la jurisdicción voluntaria, introduce también modificaciones
en la Ley de Enjuiciamiento Civil, entre otras reformas, que afectan directamente
al opositor a la Administración de Justicia.
Por una parte, al opositor
de Tramitación Procesal y al de Gestión Procesal les afecta ya que en los programas
de ambas oposiciones se ha incluido siempre un tema de Jurisdicción Voluntaria (no
ocurre así con los opositores de Auxilio Judicial que su programa no ha
incluido nunca esta materia).
Pero es que, además, la Ley
13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto
de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro
Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo
publicada en el BOE el día 25 de junio y, en relación con la jurisdicción
voluntaria, había desjudicializado los expedientes de dominio (una clase de
proceso de jurisdicción voluntaria).
Por tanto, vamos a
proceder a elaborar un nuevo tema de jurisdicción voluntaria. Cuando lo
tengamos preparado, se remitirá gratuitamente a quienes previamente lo hubieren
adquirido, como siempre hacemos con las actualizaciones.
Por
otra parte, la Disposición final tercera de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción
Voluntaria modifica determinados artículos de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
Vamos a estudiar la modificación
realizada y comprobar qué temas se han visto afectados para proceder,
igualmente, a la actualización y remisión de los mismos.
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